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02 abril 2011

PENA DE MUERTE.

1980, ALFONSO HERNÁNDEZ PARDO, PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA Y DE LA JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE BARCELONA.

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 2-04-2011. Es escalofriante pensar que el mismo juez, que decidiera en la instrucción y sentenciara mi caso (contaminado se diría ahora y anularía la sentencia el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo) firmara una condena de muerte cinco años antes. Si aplicó los mismos sistemas y criterios que conmigo el condenado a muerte Sanjulián, inocente o culpable, no tuvo la más mínima posibilidad de defensa.

Leer el artículo de la revista DESTINO de 1975 (adjunto en http://www.lagrancorrupcion.blogspot.com) me hiela la sangre, pues el proceso pudo ser tan falso o corrupto como el del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona en 1980. El desgraciado tuvo la suerte que se muriera Franco y no acabara ajusticiado al igual que Puig Antich o Heinz Chez, que tras torturados y un sumario y proceso plagado de irregularidades y pruebas amañadas, fueron ejecutados.

Dice Destino que la Audiencia de Barcelona no había firmado una sentencia de muerte desde los años 50, es decir; mi presidente “especial” que además, burlando en 1980 la Constitución, nombró un “instructor especial” para el solo Caso Consorcio, se sentía en 1975 tan reyezuelo todopoderoso que reintrodujo la pena de muerte en la Audiencia de Barcelona.

He de agradecerle que solo me condenara a los casi tres años pasados en la Modelo, después de denegarme todos los recursos y pruebas que hubieran demostrado sin genero de duda que el autor del desfalco en el Consorcio, además del huido y nunca buscado Antonio de la Rosa, era Javier de la Rosa.

Siempre me he preguntado cuanto le pagaría Javier para que se autonombrara juez absoluto del Caso Consorcio, cerrara el sumario en apenas nueve meses sin admitir pruebas, no concediera la libertad con fianza, y en un juicio de tres días se decidiera un complejo caso económico que en la actualidad ocuparía además de años de instrucción varios meses de juicio. Leer “Barcelona, 30 años de corrupción”.


Y que el ultrafranquista Hernández Pardo fuera por Presidente de la Audiencia de Barcelona presidente de la Junta Electoral Provincial en las primeras elecciones democráticas, no es precisamente una garantía. No sería disparatado deducir que ayudara al llamado socialista Narcís Serra, apadrinado y ex empleado de Samaranch de cuando era presidente de la Diputación, y por tanto le unía con Don Alfonso la íntima amistad y complicidad de los altos camaradas del Régimen. Capitanía General, Presidencia de la Audiencia, y la Presidencia de la Diputación, por este orden y mando, conformaban el Estado en Barcelona.

Narcís Serra (al servicio y sueldo de la gran burguesía) y el banquero Jordi Pujol, por muy antifranquistas que se definieran, fueron y son la DERECHA que ganó en una Ciudad peligrosamente repleta de furibundos y organizados comunistas y anarquistas. Las fortunas consolidadas o conseguidas ¡y las recalificaciones a duo! desde aquellas elecciones más que la predisposición de los votantes, o ideología de los partidos, reflejan la habilidad de los corruptos.

El viejo Del Barco… delira, ¡puede qué si!





Sanjulián, pena de muerte

Publicado en Destino, nº 1959, abril de 1975

El día 20 de abril de 1974 -hace casi un año- la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, integrada por los ilustrísimos señores magistrados don Alfonso Hernández Pardo, don Miguel Monfort Escudé, don Antonio Campos Manrubia, don Manuel Mendiolagoitia Sánchez y don Rodolfo Soto Vázquez, dictaron sentencia condenando a muerte a don José Sanjulián Jiménez.

Los hechos en los que se basa esta sentencia acaecieron en Santa Coloma de Gramanet dos años antes. "El procesado José Sanjulián Jiménez, de 26 años, vecino de Pamplona, de estado casado, de profesión engrasador, de mala conducta, con instrucción, con antecedentes penales, insolvente, en prisión provisional por esta causa des de el 3 de abril de 1972... en la segunda quincena del mes de marzo de 1972 llegó, procedente de Pamplona, lugar de su residencia habitual, a esta capital, en donde no ejerció actividad laboral alguna ni consta que intentara desarrollarla...", señala la sentencia. Según se nos ha explicado, Sanjulián era un alcohólico que en Pamplona había participado en reuniones de Alcohólicos Anónimos con ánimo de rehabilitarse pero sin lograrlo. Como consecuencia, su situación laboral y económica era difícil. Dejó en Pamplona a su mujer y a su hija y se vino a Barcelona en busca de mejor suerte, pero tampoco la halló. A los pocos días (el 3 de abril) intentó robar en un chalet que se hallaba habitado por un matrimonio y sus seis hijos, Los ruidos que produjo en su intento por entrar en la torre alarmaron al dueño, que salió a ver qué pasaba y, al acercarse al lugar donde Sanjulián se había escondido, éste le disparó con una pistola por tres veces causándole la muerte. Intentó escapar pero en aquel momento apareció el hijo mayor contra el cual también disparó sin alcanzarle. Al poco de ingresar en la Modelo, su mujer se vino con su hija a Barcelona y trabaja en la limpieza de un bar situado en la calle Entenza, enfrente de la cárcel.

El ministerio fiscal solicitó para Sanjulián la pena de muerte por el delito de robo con homicidio, señalando una serie de circunstancias agravantes (nocturnidad, reiteración, reincidencia). La acusación privada pedía treinta años de reclusión mayor por el delito de robo frustrado con homicidio y de seis años de prisión menor por el de homicidio frustrado. Y los defensores de José Sanjulián, basándose en la distinción entre el delito contra la pro piedad -que no llegó a consumarse- y el homicidio producido como consecuencia de la lucha entre víctima y agresor una vez descubierto éste, aceptando las agravantes de reiteración y reincidencia pero planteando también la circunstancia atenuante de enajenación mental incompleta, solicitaban veinte años y un día de reclusión mayor y quince días de arresto menor. La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona señaló que no se dio ninguna circunstancia atenuante y le condenó a pena de muerte, como hemos dicho.

Inmediatamente se interpuso recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que recientemente ha dictado su veredicto confirmando la sentencia de la Audiencia de Barcelona en todos sus extremos.

El pasado viernes, los abogados defensores de José Sanjulián elevaron al Jefe del Estado una petición de indulto en favor de su defendido. En su escrito señalan su disconformidad con que se mantenga esta pena capital en pleno siglo XX, la ineficacia de la misma según su opinión, y recuerdan que la acusación particular -representando a los familiares de la víctima- no solicitó esta pena porque comprendieron que nada resolvería-. El mismo día le fue comunicada a San- Julián la decisión del alto tribunal. Él confía en el indulto.

Según indicaba José Martí Gómez en "El Correo Catalán", la Audiencia de Barcelona no había firmado una sentencia de muerte des de los últimos años de la década de los cincuenta (ésta fue firmada mes y medio después de la ejecución de Puig Antich y del polaco Heinz Chez). Actualmente están pendientes de juicio ante la Audiencia de Barcelona nueve procesos en los que el ministerio fiscal solicita otras tantas penas de muerte.

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