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05 mayo 2019

PUIGDEMONT Y EL TRIBUNAL SUPREMO

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 5-5-2019. El Supremo devuelve la envenenada pelota, y se declara incompetente para decidir la polémica sobre las listas del PxCAT en las elecciones europeas. Ni Salomón proponiendo partir en dos partes al niño de dos madres. Publica EL CONFIDENCIAL:


Reunión de urgencia para analizar la cuestión
"La Sección Cuarta de la Sala Tercera ha decidido por unanimidad que deben ser los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid quienes dicten sentencia, tal y como lo establece el artículo 49 de la LOREG. Además, anticipa en un auto que no concurre, en su opinión, causa de inelegibilidad"

Pero  el auto da camino para que Puigdemont sea elegible. Publica ABC: "El Tribunal Supremo ha ordenado a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que sean ellos los que resuelvan de inmediato si el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont puede concurrir a las elecciones europeas, aunque les recuerda que en el afectado «no concurre causa de inelegibilidad»."
 Ya la 'reunión de urgencia' en domingo demuestra que la llamada 'cuestión o problema catalán' preocupa y mucho en los altos estamentos del Poder Judicial, al igual que en el Poder Ejecutivo y Legislativo. Una ironía que a la mayoría absoluta del Pueblo Catalán, como demuestran todas las elecciones habidas y por haber, la independencia o República Catalana no pasa de ser una obsesión tribal y clasista de una minoría, y que la elección de Puigdemont y Comín o Ponsatí al Parlamento Europeo fuera otra de las incongruencias democráticas de la dividida Cataluña.

En este juicio o auto salomónico se demuestra que la 'madre real' ante Salomón, o sea la mayoría hastiada del pueblo catalán, deberá sufrir las vejaciones de la Fiscalía madrileña, metiéndose en el femoral catalán, por oscuros intereses del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Repito que los leguleyos del Ejecutivo a través de su Fiscalía difieren de los magistrados de la Junta Electoral Central.

El Supremo dicta que "en el afectado no concurre causa de inelegibilidad", o sea entiendo que el atrabiliario president de la República de Catalunya si no lo remedia un Juzgado de los Contencioso Administrativo de Madrid ¡a instancia de la Fiscalía! nos representará a todos los catalanes en el Parlamento Europeo.


EN GOOGLE



 "Una decisión que el Supremo extiende a los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, también huidos de la Justicia como Puigdemont, y en la que deja claro que la competencia para conocer sobre los recursos de estos tres políticos contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) que les excluyó de la lista de JxCat corresponde a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo."


 "El Tribunal Supremo considera que Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comí y Clara Ponsatí, huidos de la justicia española, pueden presentarse a las elecciones europeas del 26 de mayo, pero devuelve el caso a la justicia ordinaria para que sea esta la que tome la decisión. La Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido este domingo por unanimidad declarar que la competencia para resolver los recursos contra la proclamación de la candidatura Lliures per Europa corresponde a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid porque así expresamente lo establece el artículo 49 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). El alto tribunal ordena a los juzgados que respondan de inmediato esos recursos, pero, en el auto redactado para exponer su decisión, el Supremo marca el camino que deben seguir: "no concurre causa de inelegibilidad" para los políticos huidos."
"El Tribunal Supremo ha ordenado a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que sean ellos los que resuelvan "de inmediato" si el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont puede concurrir a las elecciones europeas, aunque les recuerda que en el afectado "no concurre causa de inelegibilidad"."
Sólo cabe excluir de su ejercicio a quienes conforme al artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General se encuentren incursos en causa de inegibilidad. Entre las que allí se prevén no figura la de hallarse en rebeldía, como se encuentran los recurrentes“, dice el auto dictado hoy por los cinco magistrados del Tribunal Supremo, tras la reunión celebrada a las 12 de la mañana.
Sin embargo, este tribunal considera -por unanimidad- que él no es competente para tomar dicha decisión.
" El Supremo se reunió desde el mediodía para decidir si el ex president catalán y sus ex consejeros pueden presentarse en las listas al Parlamento Europeo, pero finalmente solo decidió devolver el asunto al tribunal de lo contencioso-administrativo de Madrid, que fue precisamente el que el sábado había elevado el asunto al alto tribunal."

Puigdemont, elegible

"Según el comunicado del Supremo, tanto Puigdemont como Comín y Ponsatí pueden ser elegibles, pero con todo, se inhibe de tomar una decisión final y traspasa la última palabra a los juzgados ordinarios de Madrid. Eso sí, los urge a resolver "de inmediato", lo que podría significar que este mismo domingo se tome una decisión final sobre la concurrencia o no de los tres exiliados a las elecciones europeas del domingo 26 de mayo.
La Sala Tercera del Supremo se ha reunido de urgencia este domingo a las 12 horas para resolver el recurso presentado por la candidatura de Junts contra la decisión de la Junta Electoral Central de excluir a Puigdemont, Comín y Ponsatí de las listas elecciones europeas, una vez ayer sábado el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, junto con los 9 y 21, decidieron trasladar al Tribunal Supremo dicho recurso."


 EN LA SECESIONISTA TV3 A LAS 16.20 h.

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