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04 noviembre 2011

CAJAS DE AHORROS Y LAS CONDENAS A 6 AÑOS EN FERROCARRILS DE CATALUNYA.

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 4-11-2011. Me acusan de que catalogo unos hechos normales y legales en el mercado financiero (los supersueldos y pensiones) como delitos, y que además la comparación con una empresa pública no corresponde. Y un argumento contundente; que el Banco Santander paga y pagó muchísimo más y la Audiencia Nacional confirmó.

Otro detalle importantísimo según el comentario; que el consejo de administración de Ferrocarrils de Catalunya no ratificó. El detalle de que el consejo de una empresa tan peculiar (antes pleiteaban “de pobre”), y digamos “parapública” como una caja de ahorros “benéfico social”, autorice esos escandalosos sueldos y pensiones no es otro que cada uno de sus componentes disfrutan de ganancias parecidas a través de varias empresas o entes públicos que gozan de una financiación y trato “especial”. Base de una sangría que multiplica por mucho lo concedido a sus altos ejecutivos y que en general constituye gran parte de fiasco de esas entidades.

A quién se le ocurre que alguien cobre por su valía diez veces más que el presidente de la Generalitat o el Jefe del Gobierno, que en definitiva regulan y dominan esas instituciones. Pero no soy yo que tilda esos pactos de delito, la Audiencia de Barcelona argumenta su sentencia en la Ley y la Ética;

EL PAIS
“Condenados a seis años de cárcel dos expresidentes de Ferrocarrils por desviar 2,7 millones
La Audiencia de Barcelona considera que el exconsejero Vilalta prevaricó, pero le absuelve porque el delito ha prescrito
JESÚS GARCÍA - Barcelona - 03/05/2011
La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de cárcel a dos expresidentes de Ferrocarrils de la Generalitat por desviar 2,7 millones de euros de la empresa pública a sus bolsillos. Ambos urdieron una "trama" para constituir, en 1991, un fondo de pensiones ilegal y repartirlo entre una quincena de directivos.
Antonio Herce, exdirector financiero y presidente entre 1999 y 2000, ha sido condenado a seis años malversación de caudales públicos y a ocho años de inhabilitación por prevaricación, o sea, dictar una resolución a sabiendas de su injusticia. Enric Roig, exdirector y presidente entre 1993 y 1999, ha sido sentenciado a la misma pena por malversación, pero ha sido absuelto de prevaricación porque el delito ha prescrito. El tercer procesado en el caso Ferrocarrils, Albert Vilalta -que fue consejero de Medio Ambiente en uno de los gobiernos de Jordi Pujol- estaba acusado también de prevaricación por haber dictado una resolución a sabiendas de su injusticia.
La sección sexta de la Audiencia considera que Vilalta, que presidió la empresa de 1983 a 1991 (poco antes de ser nombrado consejero) firmó el contrato de constitución del fondo de pensiones con la entidad Winterthur pese a saber que ese asunto debía ser abordado por el Consejo de Administración. Vilalta prevaricó, pero se ha librado de la pena porque el delito ha prescrito. El exconsejero de CiU conocía sus funciones pero "nunca informó" al consejo de su voluntad de constituir esos derechos económicos.
El tribunal considera, sin embargo, que Vilalta no participó en la malversación. "Su intervención entra de lleno en la fase preparatoria de la infracción", pero "no pretendió, ni compartió el enriquecimiento que sí obtuvieron el resto de acusados". Los contratos firmados por la cúpula de Ferrocarrils sirvieron para desviar, durante años, fondos públicos gestionados por Ferrocarrils a unos pocos directivos, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario y que hoy ha avanzado El Periódico de Catalunya.
Durante el juicio, los acusados afirmaron que en el "competitivo mercado ferroviario" de la Barcelona olímpica, los contratos pretendían "fidelizar a unos empleados escasos y altamente cotizados" en el sector. La Audiencia de Barcelona desmonta ese argumento porque algunos de los beneficiarios eran ajenos, por su titulación y experiencia, a ese ámbito.”


La argumentación sobre el “competitivo mercado ferroviario” es graciosa, al igual que aplicar la “libertad de mercado” a las cajas de ahorros confederadas en CECA, cartel u oligopolio. Y la interpretación del ex fiscal jefe de Cataluña, José Maria Mena, comentando en su artículo del 2-11 en EL PAIS sobre las cajas gallegas, no deja lugar a dudas: “…el artículo del Código Penal que castiga el delito societario. Los administradores de una sociedad que, con abuso del cargo, contraigan obligaciones en beneficio propio y en perjuicio de los socios, depositarios, o cuentapartícipes, son los autores de ese delito... La cuestión siempre es si los administradores de una entidad pueden urdir contratos para proporcionarse gratificaciones o prejubilaciones grandiosas. Unas veces son cajas refinanciadas con dinero público, otras veces empresas públicas, otras, bancos refundidos. Siempre es la consigna de Woody Allen: toma el dinero y corre.”


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